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Seguridad social para independientes: cómo cotizar

Cómo calcular y pagar los aportes a salud, pensión y ARL si trabajas como independiente o por contrato de prestación de servicios.

Actualizado el 2026-05-07Publicado: 2025-09-23 6 min

¿Quién debe cotizar?

De acuerdo con el Art. 244 de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 1273 de 2018, todo trabajador independiente con ingresos mensuales iguales o superiores a 1 SMMLV debe cotizar a salud y pensión. La cotización es obligatoria para mantener vigentes los servicios.

Cálculo del IBC

El Ingreso Base de Cotización es el 40 % de los ingresos mensuales, sin que sea inferior a 1 SMMLV ni superior a 25 SMMLV. Sobre el IBC se aplican las tarifas:

  • Salud: 12,5 %.
  • Pensión: 16 %.
  • ARL: 0,522 % a 6,960 % según el riesgo del contrato.

Calcula tus aportes con la calculadora de aportes independientes.

Cómo pagar

Se hace por la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), accesible a través de operadores autorizados (Aportes en Línea, SOI, etc.). El pago corresponde al mes anterior y vence según los dos últimos dígitos del NIT.

Errores frecuentes

  • Cotizar sobre el 40 % cuando debe ser sobre el 100 % en el régimen subsidiado.
  • Olvidar que la base mínima es 1 SMMLV, aunque no se hayan generado ingresos en el mes.
  • No actualizar el ingreso real ante variaciones, lo que genera retroactivos.

Preguntas frecuentes